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Ampliación de capital con aportación no dineraria

capital

Cuando existe la necesidad de ampliar el capital de una empresa, es normal que muchas personas piensen en dinero. No obstante, no siempre es así, ya que hay bienes que pueden requerir parte de las aportaciones para el crecimiento de un negocio.

Por ejemplo, cuando se trata de un local comercial, maquinaría o un contrato que puede valorarse como fondo de capital, se refiere a las aportaciones no dinerarias. Este tipo de inyecciones, que pueden ser aportadas por inversores como un holding empresarial, tienen un valor económico que se define a través de diversas fórmulas de cálculo.

¿En qué consisten las aportaciones no dinerarias en ampliaciones de capital?

Son todas aquellas aportaciones no líquidas que puede realizar una persona natural o jurídica. Las mismas se entienden como si fuera una transferencia de dinero. Pueden estar representadas por mercancías de la empresa, bienes inmuebles y documentos que pueden ser valorados de manera económica, desde Vannilo Holding podemos ayudarte a realizar este proceso.

De hecho, estas aportaciones requieren una evaluación para convertirlas en un número determinado de acciones o valorar el fondo en capital que se ha sumado a la empresa. Este recurso es un gran aliado para abordar algunas situaciones o realidades jurídicas que se pueden producir en el marco de las relaciones societarias.

Por ejemplo, en una sociedad limitada que necesitan unos 3.000 euros líquidos como requisito legal para su constitución. No los tienen, pero sí disponen de ordenadores valorados en 3.500 euros.

En este caso, se puede generar la aportación a través de estos equipos tecnológicos. Son susceptibles a una valoración económica y corresponde a una aportación no dineraria.

Procedimiento para aumentar el capital con aportaciones no dinerarias

En primer lugar, para realizar un aumento de capital con aportaciones no dinerarias debes realizar una junta general de accionistas. En esta reunión se debe acordar la ampliación de capital y se debe cumplir con todos los requisitos internos y legales para modificar los estatutos sociales.

En caso de que la ampliación se realice con aumento del valor nominal de las participaciones o acciones, el acuerdo debe ser de forma unánime por parte de todos los socios. Solo hay una excepción en los casos que la ampliación se realice con cargo a reservas. También varía cuando hay beneficios que aparecen en el último balance aprobado.

En las sociedades anónimas, la junta general puede acordar delegar las siguientes facultades a los administradores:

  • Acordar la fecha que se realizará el acuerdo de ampliación de capital social adoptado de manera previa con la cifra acordada.
  • Establecer las condiciones de la ampliación de capital.
  • El administrador podrá decidir una o varias veces la ampliación de capital social hasta una cantidad determinada. Incluso, sin consultar a la junta general.
  • El administrador tendrá un periodo máximo de un año para ejercer la facultad que le ha sido delegada. Son excepciones los casos que requieran la conversión de obligaciones en acciones.

Tributación en la aportación no dineraria a una sociedad

La aportación no dineraria tiene regulación fiscal. Estas fueron establecidas en la ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades y determina un régimen con algunas particulares.

El Impuesto sobre la Renta Personas Físicas

De acuerdo con las leyes españolas, las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica propia. De este modo, una aportación de un inmueble o mueble a una sociedad corresponde a una transmisión del aportante a la sociedad.

Esto genera una variación patrimonial en el aportante, lo que produce una ganancia o pérdida patrimonial. Esto explica que esta operación está sujeta a una tributación en relación al importe de adquisición y el valor del bien.

Esta pérdida o ganancia patrimonial sujeta a la tributación, se determina por la diferencia entre el precio de adquisición y el valor de las participaciones o acciones que se han recibido

Asimismo, en el cálculo se deben valorar los gastos de adquisición, la fecha, las amortizaciones deducidas si es el caso. También el valor de las ampliaciones y las mejoras efectuadas. 

Impuestos sobre Transmisión Patrimonial y Acto Jurídico Documentado

La ampliación de capital a través de aportaciones no dinerarias por el hecho imponible de la propia ampliación de capital genera un impuesto. Sin embargo, la misma no se produce por la transmisión del bien.

Según lo establecido en la Ley de Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, están exentas de pago de impuestos las ampliaciones de capital. No obstante, el aportante está obligado a su presentación ante la oficina liquidadora que corresponda.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Cuando se trata de la aportación a través de un inmueble, la ampliación de capital está sujeta a este impuesto, así como en los siguientes casos:

  • Cuando los aportantes corresponden a otras sociedades que cuentan con actividad empresarial.
  • Asimismo, cuando las personas físicas actúan como profesionales o empresarios. Es decir, son figuras pasivas de IVA.

La aportación no dineraria IVA sólo aplica a los bienes inmuebles. En caso de que no aporten ningún inmueble afecto a su actividad empresarial, no está sujeta a este impuesto.

Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana

Este pago se genera cuando la aportación para la ampliación de capital se ejecuta con la transmisión de un inmueble. Este procedimiento es conocido como plusvalía municipal. Para el cálculo de la tributación, se considera el tiempo que ha transcurrido desde que el aportante compró el inmueble y el valor catastral del terreno.

¿Cuándo recurrir a la ampliación de capital no dineraria?

En la vida de una sociedad pueden ocurrir muchas situaciones que conlleven a realizar una ampliación de capital con aportaciones no dinerarias: 

Puede ser para compensación de créditos. Algunos consideran que puede pagarse con aportaciones no dinerarias, al entenderse que un crédito no es una cantidad líquida de dinero.

El sector mayoritario de la doctrina y la la Audiencia Provincial de Madrid entienden que un crédito es un derecho y no es propiamente una cantidad líquida de capital. Puede producirse un aumento por compensación de créditos a través de aportaciones no dinerarias. 

Asimismo, puede resultar un recurso valioso para la constitución de una sociedad o para una operación posterior de aumento de capital con cargo a reservas. Lo mejor es evaluar todos los escenarios posibles y las distintas ventajas que ofrecen las aportaciones no dinerarias. Así, se puede valorar cuándo hacer uso de este tipo de procedimientos legales.

Riesgos de la ampliación de capital no dineraria

Como toda operación financiera jurídica, la ampliación de capital con aportaciones no dinerarias suponen algunos riesgos. Por ejemplo, el efecto dilución, el cual afecta el porcentaje de participación de alguno de los socios. Este riesgo se genera cuando en una ampliación de capital no todos los accionistas disponen de bienes para aportar en la ampliación.

De este modo, su porcentaje total se ve reducido, lo que afecta los beneficios que se pueden obtener de la sociedad, como los dividendos y el control dentro de la organización. Y es que el socio que tenga un porcentaje mayor tendrá mayor potestad para tomar decisiones importantes.

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